Trámite para las personas físicas o morales que estén interesados en controlar, manejar o remediar los posibles daños causados por ejemplares o poblaciones de vida silvestre (incluyendo exóticas y ferales) consideradas dañinas, perjudiciales o de alto riesgo para las actividades humanas, las demás poblaciones de vida silvestre nativas o los ecosistemas..
Lugar de Atención |
Telefono |
REGIÓN SURESTE |
Teléfono: 844 698 10 02 |
Fundamento Jurídico: Articulo 42 párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo vigente y articulo 51 párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Coahuila de Zaragoza vigente. |
Telefono: 878 782 21 59 |
PASOS
1- Recepción
2-Revisión de requisitos
3-Integración
4-Evaluación-Dictamen
5-Resolutivo
9:00 - 13:00 horas
Dirigido a personas físicas o morales que tengan problemas asociados a poblaciones de especies de vida silvestre nativas y exóticas que se tornan perjudiciales.
Formato externo FF-SEMARNAT-018, además:
1. Acreditar personalidad mediante :Copia de identificación oficial vigente para personas físicas y representantes legales (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar); Acta Constitutiva para el caso de personas morales; De ser el caso, Poder Notarial para representantes legales; De ser el caso, la representación de las personas físicas deberá acreditarse mediante carta poder firmada ante dos testigos y copia de identificaciones correspondientes.
Fundamento Jurídico: Artículo 12, párrafo segundo, Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006
Trámite realizado de conformidad a lo establecido en la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y a lo establecido en el Procedimiento especifico de Autorizaciones en Materia de Vida Silvestre PE-VS-002
Digital y/o Presencial.