>Transferencia de derechos derivados de autorizaciones - REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

REGISTRO ESTATAL DE TRÁMITES Y SERVICIOS (RETYS)

Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza
Secretaría de Medio Ambiente
Trámite: Transferencia de derechos derivados de autorizaciones de aprovechamiento de la vida silvestre.
Descripción del Trámite

Trámite para los titulares de una autorización de aprovechamiento extractivo y no extractivo que cuando por convenir a sus intereses, se requiera transferir los derechos derivados de la autorización de aprovechamiento extractivo y no extractivo.

Lugar de Atención
Telefono

REGIÓN SURESTE
Centro de Gobierno 2º piso, Carr. 57 km. 6.5 con Blvd. Centenario de Torreón, C.P 25294, Saltillo, Coahuila. 

Teléfono: 844 698 10 02

REGIÓN NORTE*
Av. 16 de Septiembre 218, Edificio del CRIT, CP 26010, Piedras Negras, Coahuila.
*Esta ventanilla solo funge como oficina receptora, por lo que se recibe la solicitud solo para efecto de ser turnado a la Ventanilla Única de Vida Silvestre de la Secretaría de Medio Ambiente en Saltillo, Coahuila, donde se le dará atención al trámite para su resolución.
Fundamento Jurídico: Articulo 42 párrafo segundo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo vigente y articulo 51 párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Coahuila de Zaragoza vigente.

Telefono: 878 782 21 59
Secretaría
Secretaría de Medio Ambiente
Área u Oficina
Subdirección de Vida Silvestre
Costo y Forma de Pago
No tiene costo
Observaciones

PASOS

1- Recepción

2-Revisión de requisitos

3-Integración

4-Evaluación-Dictamen

5-Resolutivo

Tiempo de Respuesta
No aplica ya que el trámite es un aviso, por lo que no requiere respuesta. Fundamento Jurídico: Artículo 89, párrafo primero y articulo 100, párrafo segundo, Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 3 de julio de 2000.
Horario de Atención

9:00 - 13:00 horas

Página Web - Redes Sociales
Correo Electrónico
buzon@sma.gob.mx

Dirigido a personas físicas o morales que posean una autorización de aprovechamiento y deseen transferir los derechos de la misma.


Formato externo FF-SEMARNAT-021, además:
1. Acreditar personalidad mediante: Copia de identificación oficial vigente para personas físicas y representantes legales (Credencial para votar INE, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar); Acta Constitutiva para el caso de personas morales; De ser el caso, Poder Notarial para representantes legales; De ser el caso, la representación de las personas físicas deberá acreditarse mediante carta poder firmada ante dos testigos y copia de identificaciones correspondientes.

Fundamento Jurídico: Artículo 12, párrafo segundo, Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2006.

2. Copia del contrato en el que haya sido asentada la transferencia de derechos.
Fundamento Jurídico: Artículos 89 párrafo primero y 100 párrafo segundo, Ley General de Vida Silvestre, publicado en el DOF el 3 de julio de 2000.



Trámite realizado de conformidad a lo establecido en la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y a lo establecido en el Procedimiento especifico de Autorizaciones en Materia de Vida Silvestre PE-VS-002


Digital y/o Presencial. 

 


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